ARTÍCULO 344.- La alevosía consiste en sorprender intencionalmente a alguien de improviso, o empleando asechanza u otro medio que no le dé lugar a def enderse, ni evitar el mal que se le quiere hacer. 91
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TÍTULO DÉCIMO · CAPÍTULO III REGLAS COMUNES PARA LESIONES Y HOMICIDIO
ARTÍCULO 344.- La alevosía consiste en sorprender intencionalmente a alguien de improviso, o empleando asechanza u otro medio que no le dé lugar a def enderse, ni evitar el mal que se le quiere hacer. 91
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Última reforma de esta ley incorporada: 29 de septiembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresotamaulipas.gob.mx.
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