ARTÍCULO 83.- Las reglas señaladas en los Artículos 81 y 82 también regirán para la aplicación de penas concurrentes con la de prisión.
Artículo 83
TÍTULO SEXTO DE LA APLICACIÓN DE LAS SANCIONES · CAPÍTULO V
Última reforma de esta ley incorporada: 29 de septiembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresotamaulipas.gob.mx.
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