Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Tlaxcala
Artículo 283
TÍTULO SÉPTIMO DELITOS CONTRA LA LIBERTAD Y SEGURIDAD PERSONAL · CAPÍTULO XII
Artículo 283. En lo referente a los delitos en materia de secuestro, se estará a lo previsto en la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
(ADICIONADO CON LOS ARTÍCULOS QUE LO INTEGRAN, P.O. 18 DE JUNIO DE 2015)
Última reforma de esta ley incorporada: 5 de junio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresodetlaxcala.gob.mx.
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