Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Tlaxcala

Artículo 283 BIS

TÍTULO SÉPTIMO DELITOS CONTRA LA LIBERTAD Y SEGURIDAD PERSONAL · CAPÍTULO XIII REQUERIMIENTO EXTRAJUDICIAL ILÍCITO DE PAGO (ADICIONADO, P.O. 18 DE JUNIO DE 2015)

Artículo 283 Bis. Comete el delito de requerimiento extrajudicial ilícito de pago quien alegando ser acreedor de una deuda patrimonial, u obrar a nombre o en representación de éste, exija el pago o cumplimiento de la misma, haciendo uso de violencia física o psicológica en el pretendido deudor, en cualquier otro obligado, o en quienes se encuentren unidos a aquel o a éste por lazos de parentesco o afectivos. También se comete en (sic) delito indicado, aunque no se ejerza violencia física o psicológica en contra de las personas señaladas en el párrafo anterior, si en los demás términos del mismo se exige el pago o cumplimiento de una deuda patrimonial publicando o divulgando el adeudo o la situación financiera del deudor o, en general, realizando actos que afecten la fama pública de éste. (REFORMADO, P.O. 10 DE OCTUBRE DE 2022)

Última reforma de esta ley incorporada: 5 de junio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresodetlaxcala.gob.mx.

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