Artículo 372 Bis. A quien ejerza cualquier acto de violencia en contra de una mujer, se le impondrán de seis meses a cuatro años de prisión, y multa de treinta y seis a doscientas ochenta y ocho veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización. (ADICIONADO, P.O. 12 DE JULIO DE 2017)
Por violencia contra la mujer, se estará a lo dispuesto en la Ley que Garantiza el Acceso a las Mujeres a una vida libre de Violencia en el Estado de Tlaxcala. (ADICIONADO, P.O. 3 DE MAYO DE 2023)