Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz · Veracruz

Artículo 16

TÍTULO I DE LA LEY PENAL · CAPÍTULO IV LEYES ESPECIALES

Artículo 16.-Para los delitos previstos en leyes especiales, se aplicarán supletoriamente las disposiciones de este código

Fuente oficial: legisver.gob.mx.

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