Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz · Veracruz

Artículo 329

TÍTULO XVII · CAPÍTULO XI DESOBEDIENCIA Y RESISTENCIA DE PARTICULARES

Artículo 329.-Se impondrán de seis meses a un año de prisión y multa hasta de veinte días de salario a quien rehúse prestar un servicio de interés público a que la ley lo obligue o desobedezca un mandato legítimo de autoridad.

(ADICIONADO; G.O. 29 DE AGOSTO DE 2011)

También comete este delito, quien desobedezca una medida precautoria, o medida u orden de protección dictada por el Ministerio Público o por una autoridad judicial.

Cuando la ley autorice el empleo de medios de apremio, el delito sólo se consumará después de haberse agotado aquéllos.

Se aplicarán de seis meses a dos años de prisión y multa hasta de cuarenta días de salario a quien impida que la autoridad ejerza sus funciones o resista el cumplimiento de una orden cuya ejecución se lleve a cabo en forma legal. De emplearse violencia física o moral, la sanción se agravará hasta en un año.

(ADICIONADO, CUARTO PÁRRAFO; G.O. 7 DE MAYO DE 2020)

Comete de igual forma el delito de desobediencia y resistencia de particulares y se aplicará la sanción prevista en el párrafo que antecede, a quien tenga o detente la guarda y custodia de hecho o por derecho, de un niño, niña o adolescente, que se niegue a presentarlo sin causa justificada ante el Juez que lo ordene, en las audiencias que se requiera su presencia.

ARTÍCULO 329, CON EL CORRIMIENTO DE LOS ACTUALES SEGUNDO Y TERCERO, UN CAPÍTULO VII BIS, QUE SE DENOMINARÁ FEMINICIDIO, AL TÍTULO XXI DELITOS DE VIOLENCIA DE GÉNERO Y UN

ARTÍCULO 329 DEL CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE

ARTÍCULO SEGUNDO. Se adiciona un último párrafo al artículo 329 del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave,

TRANSITORIOS

PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado.

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

DECRETO : https://sisdti.segobver.gob.mx/siga/doc_gaceta.php?id=2813 DECRETO 563 G.O. 3 DE JUNIO DE 2020

Reforma número

10 3

QUE REFORMA EL

Fuente oficial: legisver.gob.mx.

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