Artículo 100.- En los casos de concurso ideal de delitos, las acciones penales prescribirán conforme a las reglas para el delito que merezca la pena mayor.
Párrafo reformado POG 31 de agosto de 2019 (Decreto 159)
En los casos de concurso real de delitos, los plazos para la prescripción punitiva empezarán a correr simultáneamente y prescribirán separadamente para cada uno de los delitos.
Párrafo adicionado POG 31 de agosto de 2019 (Decreto 159)