Código Penal para el Estado de Zacatecas · Zacatecas

Artículo 329

TÍTULO DÉCIMO · CAPÍTULO I

Artículo 329.- Si precediere, acompañare o siguiere al robo algún otro hecho que por sí solo constituya un delito, se aplicarán las reglas del concurso.

Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.

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