Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila
Artículo 111
TÍTULO ÚNICO PROCEDIMIENTOS EN MATERIA FAMILIAR · CAPÍTULO QUINTO REGLAS PARTICULARES EN CIERTOS ASUNTOS FAMILIARES
Artículo 111. Determinación contra los abuelos
La determinación contra los abuelos no está condicionada a que los padres hayan sido previamente privados, suspendidos o limitados en el ejercicio de los derechos de patria potestad. Bastará con que se encuentren impedidos para ejercerlos, ya sea física, mental o moralmente, con independencia que exista una resolución judicial que así lo haya determinado.
Última reforma de esta ley incorporada: 18 de octubre de 2019. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.
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