Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 162

TÍTULO ÚNICO PROCEDIMIENTOS EN MATERIA FAMILIAR · CAPÍTULO SEXTO PROCEDIMIENTOS ESPECIALES

Artículo 162. Aprobación parcial o total del convenio

En caso que ambos cónyuges hubieren presentado la solicitud, que lleguen a un acuerdo parcial o total respecto de la propuesta de convenio o que no se hubiere suscitado controversia respecto de su contenido, si éste no contraviene ninguna disposición legal, la o el juez, oyendo al Ministerio Público, aprobará lo conducente en la misma resolución de divorcio.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de octubre de 2019. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.