Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Hidalgo · Hidalgo

Artículo 131

TÍTULO TERCERO DE LA PRUEBA · CAPÍTULO I REGLAS GENERALES DE LA PRUEBA

Artículo 131.- Sólo los hechos están sujetos a prueba; el derecho lo estará únicamente cuando se funde en Leyes Extranjeras, en Leyes de otros Estados de la Federación o en usos, costumbres o tradiciones; el que las invoca debe probar la existencia de ellas y que son aplicables al caso. Los hechos notorios no necesitan ser probados, y el juez puede invocarlos aunque no hayan sido alegados por las partes. 28

Última reforma de esta ley incorporada: 10 de julio de 2017. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.

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