Artículo 130.- También está obligado a probar el que niega, cuando al hacerlo desconoce la presunción legal que tiene a su favor el colitigante.
Artículo 130
TÍTULO TERCERO DE LA PRUEBA · CAPÍTULO I REGLAS GENERALES DE LA PRUEBA
Última reforma de esta ley incorporada: 10 de julio de 2017. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.
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