Artículo 252.- El silencio y las evasivas, harán que se tengan por confesados o admitidos los hechos sobre los que no se suscitó controversia. Se presumen confesados los hechos de la demanda que se dejó de contestar.
Artículo 252
TÍTULO CUARTO DE LOS PROCEDIMIENTOS EN GENERAL DEL · CAPÍTULO III DEL JUICIO ESCRITO
Última reforma de esta ley incorporada: 10 de julio de 2017. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.
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