Artículo 273.- Causan ejecutoria por declaración judicial:
I.- Las sentencias consentidas expresamente por las partes o por sus mandatarios con poder o cláusula especial.
II.- Las sentencias de que hecha notificación en forma, no se interpone recursos en el término señalado por la Ley, y
III.- Las sentencias de que se interpuso recurso, pero no se expresaron agravios o se desistió de él la parte o su mandatario con poder y cláusula especial.