Artículo 49.- Los secretarios cuidarán de que los expedientes sean exactamente foliados; al agregarse cada una de las hojas, rubricarán todas éstas en el centro de los escritos y pondrán el sello del juzgado en el fondo del cuaderno, de manera que queden selladas las dos caras.
Artículo 49
TÍTULO SEGUNDO · CAPÍTULO I REGLAS GENERALES
Última reforma de esta ley incorporada: 10 de julio de 2017. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.
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