Código Procesal Familiar para el Estado Libre y Soberano de Morelos · Morelos

Artículo 411

TÍTULO TERCERO · CAPÍTULO II

ARTÍCULO 411.- SENTENCIA DEFINITIVA EN CASOS LEGALES DETERMINADOS. La sentencia definitiva en los casos de terminación anormal del proceso, revestirá la forma y contendrá los requisitos legales, pero expresará el Tribunal que lo dicta, el lugar, la fecha, los fundamentos legales con la mayor claridad, precisión y brevedad y la determinación judicial consecuente. La firmarán el Juez que corresponda y el Secretario que la autoriza.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de enero de 2012. Fuente oficial: marcojuridico.morelos.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.