ARTÍCULO 352. Máximo de testigos
Artículo 352. Las partes y los interesados sólo pueden presentar hasta tres testigos sobre cada hecho.
Requisitos de ofrecimiento de la testimonial
TÍTULO OCTAVO · CAPÍTULO III DE LOS MEDIOS DE PRUEBA
ARTÍCULO 352. Máximo de testigos
Artículo 352. Las partes y los interesados sólo pueden presentar hasta tres testigos sobre cada hecho.
Requisitos de ofrecimiento de la testimonial
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.
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