ARTÍCULO 755. Requisitos para los extranjeros que pretenden adoptar
Artículo 755. Cuando las personas que pretenden adoptar sean extranjeras deben acreditar su legal estancia o residencia en el país.
Documentación que deben presentar los extranjeros que pretenden adoptar
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.
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