Ley Aduanera · Federal

Artículo 163

CAPITULO II Afectación de mercancías y exenciones

ARTICULO 163. Son derechos del agente aduanal: l. Ejercer la patente.

II. Derogada.

Fracción derogada DOF 25-06-2018

III. Solicitar el cambio de adscripción a aduana distinta, siempre que la autorización que se le hubiera otorgado para actuar en su aduana de adscripción, tenga una antigüedad mayor a dos años, y compruebe haber concluido el trámite de los despachos iniciados. El cambio de adscripción sólo podrá autorizarse por única ocasión, durante la vigencia de cada periodo autorizado, en términos del artículo 159 de esta Ley.

Párrafo reformado DOF 19-11-2025

No será necesario comprobar la conclusión de los despachos iniciados, cuando al agente aduanal le sea autorizada la aduana de adscripción como adicional.

Fracción reformada DOF 09-12-2013

IV. Designar hasta cinco mandatarios.

Fracción reformada DOF 31-12-1998, 09 - 12 - 2013

V. Cobrar los honorarios que pacte con su cliente por los servicios prestados, incluso en el caso a que se refiere el segundo párrafo de la fracción XIV del artículo 144 de esta Ley.

Vl. Suspender voluntariamente sus actividades, previa autorización de las autoridades aduaneras.

VII. (Se deroga).

Fracción adicionada DOF 01-01-2002. D erogada DOF 09 - 12 - 2013

Última reforma de esta ley incorporada: 19 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.