Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 104

TÍTULO SÉPTIMO PLANEACIÓN DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y

ARTICULO 104. Los Esquemas de Desarrollo Urbano darán continuidad a las políticas y lineamientos establecidos para el centro de población en el respectivo programa municipal de desarrollo urbano. Así mismo alentarán la permanencia de la población en su medio mejorando las condiciones de su hábitat, y relacionarán armónicamente el campo y la ciudad, previendo las necesidades del crecimiento urbano y protegiendo los recursos naturales.

Última reforma de esta ley incorporada: 1 de julio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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