ARTÍCULO 278. Las licencias de uso de suelo, no constituyen apeo y deslinde respecto del inmueble, ni acreditan la propiedad o posesión del mismo.
Artículo 278
TITULO DÉCIMO
Última reforma de esta ley incorporada: 1 de julio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.
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