Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 498

TÍTULO DÉCIMO

ARTÍCULO 498. Para efectos de su publicidad, el Ayuntamiento tramitará a costa del solicitante la publicación de la constancia de municipalización y del acta de entrega-recepción del fraccionamiento en el Periódico Oficial del Estado “Plan de San Luis”, lo que deberá realizar dentro de los siguientes cinco días hábiles de su expedición.

TÍTULO VIGÉSIMO TERCERO

DENUNCIA CIUDADANA Y NULIDADES

Última reforma de esta ley incorporada: 1 de julio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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