Ley Federal de Derechos · Federal

Artículo 195-J

TITULO PRIMERO De los Derechos por la Prestación de Servicios · CAPITULO XIV De la Secretaría de Salud

Artículo 195-J.- Por expedición o modificación del certificado de exportación de establecimientos que produzcan insumos para la salud destinados a la exportación, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:

Párrafo reformado DOF 14-11-2022

I. Por la expedición ................................................................................................. $11,900.27

Fracción reformada DOF 30-12-2002

II.- Por la modificación del certificado sanitario ............................................................. $488.70

Fracción reformada DOF 14-11-2022

III.- Por cualquier otra modalidad no especificada ......................................................... $488.70

Artículo derogado DOF 20-12-1991. Adicionado DOF 28-12-1994

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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