Ley Federal de Derechos · Federal

Artículo 30-E

TITULO PRIMERO De los Derechos por la Prestación de Servicios · CAPITULO III De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público

Artículo 30-E. Por los siguientes servicios que presta la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:

I. Por el estudio, trámite de la solicitud y, en su caso, el otorgamiento del reconocimiento como organización aseguradora u organización afianzadora ................................. $55,918.69

II. Por el estudio, trámite de la solicitud y, en su caso, la autorización para el establecimiento de oficinas de representación de Reaseguradoras Extranjeras ......................... $33,551.22

III. Por el estudio y trámite de la solicitud de autorización para la constitución y operación de instituciones de seguros, sociedades mutualistas de seguros o instituciones de fianzas ............................................................................................................ $68,885.32

IV. Por la autorización para la constitución y operación de instituciones de seguros, sociedades mutualistas de seguros o instituciones de fianzas ....................................... $103,327.98

V. Por la emisión del dictamen para el inicio de operaciones de instituciones de seguros, sociedades mutualistas de seguros o instituciones de fianzas ................... $187,187.20

Artículo adicionado DOF 18-11-2015

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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