Ley Federal del Derecho de Autor · Federal

Artículo 208

TITULO IX De la Gestión Colectiva de Derechos

Artículo 208.- El Instituto Nacional del Derecho de Autor es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Cultura y será la autoridad administrativa en materia de derechos de autor y derechos conexos.

Artículo reformado DOF 17-12-2015

Última reforma de esta ley incorporada: 14 de mayo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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