Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo · Federal
Artículo 11
TÍTULO I Del Juicio Contencioso Administrativo Federal · CAPÍTULO III De los Impedimentos y Excusas
ARTÍCULO 11.- Las Magistradas y los Magistrados tienen el deber de excusarse del conocimiento de los negocios en que ocurra alguno de los impedimentos señalados en el artículo anterior, expresando concretamente en qué consiste el impedimento.
Artículo reformado DOF 09-06-2026
Última reforma de esta ley incorporada: 9 de junio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.
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