Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial · Federal

Artículo 107

TÍTULO SEGUNDO De las Invenciones, Modelos de Utilidad, Diseños Industriales y Esquemas de Trazado de

Artículo 107.- La publicación de una solicitud de patente tendrá lugar una vez aprobado el examen de forma y después del vencimiento del plazo de 18 meses, contado a partir de la fecha de la presentación o, en su caso, de la prioridad reclamada.

La publicación de una solicitud divisional de patente se realizará una vez aprobado el examen de forma y después del vencimiento del plazo de 18 meses, contado a partir de la fecha de la presentación de la solicitud inicial o, en su caso, de la prioridad reclamada.

La persona solicitante podrá pedir que su solicitud se publique en cualquier momento, antes del vencimiento del plazo de 18 meses a que se refieren los párrafos anteriores, siempre y cuando la solicitud haya aprobado el examen de forma y se exhiba el comprobante del pago de la tarifa correspondiente.

Con la finalidad de agilizar la tramitación de una solicitud de patente, una vez aprobado el examen de forma, el Instituto informará a la persona solicitante la posibilidad de iniciar el trámite de publicación anticipada.

Una vez publicada la solicitud de patente, el Instituto iniciará el examen de fondo previsto en el artículo 110 de esta Ley.

Las solicitudes que hayan sido desechadas, abandonadas, retiradas o desistidas durante la etapa de examen de forma, no serán objeto de la publicación a que se refiere el presente artículo.

Artículo reformado DOF 03-04-2026

Última reforma de esta ley incorporada: 3 de abril de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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