Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial · Federal

Artículo 23

TÍTULO PRIMERO Disposiciones Generales

Artículo 23.- Los expedientes de patentes y registros en vigor, así como los relativos a nombres comerciales publicados, denominaciones de origen e indicaciones geográficas, estarán abiertos para todo tipo de consultas y promociones, salvo que éstos contengan secretos industriales o información confidencial.

Última reforma de esta ley incorporada: 3 de abril de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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