Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable · Federal
Artículo 66
TÍTULO CUARTO De los Procedimientos en Materia Forestal
Artículo 66. Las autorizaciones, avisos, informes y otros actos previstos en la presente Ley, caducan cuando no se ejerzan durante el término de su vigencia y en los demás casos previstos en esta Ley o en las propias autorizaciones.
Artículo reformado DOF 11-04-2022
Última reforma de esta ley incorporada: 1 de abril de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.
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