Ley de Hacienda del Estado de Aguascalientes · Aguascalientes

Artículo 86

TITULO SEPTIMO DE OTROS INGRESOS · CAPITULO UNICO

ARTICULO 86.- Otros ingresos son aquellos provenientes de:

I.- Impuestos, derechos y demás ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores, pendientes de liquidación y/o pago;

II.- Saldo del ejercicio fiscal anterior.

(ADICIONADA, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2013)

III.- Los que perciba el Estado por concepto de los accesorios de las contribuciones y de los aprovechamientos, los recargos, las sanciones, los gastos de ejecución y la indemnización a que se refiere el Artículo 43 del Código Fiscal del Estado, los cuales participan de la naturaleza de la suerte principal, cuando se encuentren vinculados directamente a la misma.

(ADICIONADO CON EL CAPÍTULO Y ARTÍCULO QUE LO INTEGRA, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2013)

Última reforma de esta ley incorporada: 26 de mayo de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: eservicios2.aguascalientes.gob.mx.

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