Artículo 3.- Cuando en esta Ley se tomen como base para el pago de los créditos a cargo de los sujetos pasivos los ingresos, se entiende que quedan comprendidos los que se perciban en efectivo, en servicios, en créditos y en especie.
Artículo 3
Última reforma de esta ley incorporada: 10 de septiembre de 2010. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: contraloria.bcs.gob.mx.
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