ARTÍCULO 85. - Los aprovechamientos no especificados en este título se recaudarán conforme a las Leyes o contratos que los establezcan.
Artículo 85
TÍTULO QUINTO DE LOS APROVECHAMIENTOS · CAPÍTULO VII Aprovechamientos Diversos
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.
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