Ley de Hacienda del Estado de Campeche · Campeche

Artículo 89

TÍTULO SEXTO DE LOS INGRESOS EXTRAORDINARIOS · CAPÍTULO ÚNICO

ARTÍCULO 89.- Los ingresos a que se refiere el artículo que antecede, serán los siguientes:

1.- Financiamientos;

2.- Impuestos y derechos extraordinarios;

3.- Expropiaciones;

4.- Contribuciones de mejoras; y

5.- Apoyos financieros federales.

Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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