ARTICULO 205.- Por el registro de los documentos en que consten los actos que a continuación se relacionan se pagará por concepto de derechos las siguientes cuotas: (REFORMADA EN SU CUOTA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)
I. Matrícula de comerciante persona física 1,157.50 (REFORMADA EN SU CUOTA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)
II. Constitución o aumento de capital o inscripción de créditos, de sociedades mercantiles comprendidas en la Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal $770.50 (REFORMADA EN SU CUOTA, G.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2018)
III. De corresponsalía mercantil, por su registro o cancelación $1,157.50