Código Fiscal del Estado de Chihuahua · Chihuahua

Artículo 150

TÍTULO CUARTO De los Procedimientos Administrativos

Artículo 150. Cuando en la revisión de los dictámenes emitidos para efectos fiscales estatales se advierta que existen omisiones en el pago de contribuciones, y el contribuyente no hubiere efectuado el pago correspondiente, las autoridades fiscales mediante resolución requerirán su pago a través de la presentación de la declaración complementaria que corresponda.

Sección Cuarta

De las Visitas de Inspección

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ipagos.chihuahua.gob.mx.

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