Código Fiscal del Estado de Chihuahua · Chihuahua

Artículo 253

TÍTULO SÉPTIMO De las Infracciones

Artículo 253. Tratándose de la omisión de contribuciones por error aritmético en la presentación de las declaraciones, se impondrá una multa del 20% al 75% de las contribuciones omitidas. En caso que no existan agravantes o reincidencia en la omisión de pago de contribuciones por error aritmético, y dichas contribuciones se paguen junto con sus accesorios, dentro de los quince días siguientes a la fecha en que surta sus efectos la notificación de la diferencia respectiva, la multa se reducirá a la mitad, sin que para ello se requiera resolución administrativa.

[Artículo reformado en el primer párrafo mediante Decreto No. LXVI/RFLYC/0951/2020 I P.O. publicado en el P.O.E. No. 105 E.E. del 31 de diciembre de 2020]

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ipagos.chihuahua.gob.mx.

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