Artículo 153.- Por el registro anual de instrumentos para la identificación de señales de sangre, tatuajes y elementos electromagnéticos y fierros para marcar ganado y magueyes, para acreditar su propiedad, se pagará por concepto de derechos una cuota de 1.5 días de salario mínimo general del área geográfica que corresponda.
SECCION SEPTIMA DE LOS DERECHOS POR USO DE VIAS Y AREAS PUBLICAS PARA EL EJERCICIO DE ACTIVIDADES COMERCIALES O DE SERVICIOS