Código Financiero del Estado de México y Municipios · Estado de México

Artículo 256

TITULO SEPTIMO DE LA COORDINACION HACENDARIA · CAPÍTULO CUARTO DEL INSTITUTO HACENDARIO

Artículo 256.- Para los efectos de este Código la deuda pública está constituida por las obligaciones de pasivo directas, indirectas o contingentes, derivadas de financiamientos a cargo de:

I. El Estado.

II. Los municipios.

III. Los organismos públicos descentralizados estatales o municipales.

IV. Las empresas de participación estatal o municipal mayoritaria.

V. Los fideicomisos en que el fideicomitente sea alguna de las entidades públicas señaladas en las fracciones anteriores.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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