Artículo 296.- Las dependencias y entidades públicas formularán su anteproyecto de Presupuesto de Egresos de acuerdo con el manual para la formulación del anteproyecto de presupuesto, con base en los techos presupuestarios comunicados y sus programas anuales.
Artículo 296
TITULO NOVENO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS · CAPITULO SEGUNDO DE LA INTEGRACION Y PRESENTACION
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.
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