Artículo 93.- Por los servicios prestados por la Secretaría de Educación, se pagarán derechos conforme a la siguiente:
TARIFA CONCEPTO
I. Derogada.
II. Por solicitud, estudio, revisión y resolución del trámite de autorización a instituciones particulares para impartir estudios, por plan de estudios, modalidad y turno:
A). Preescolar. $4,016. B). Primaria. $4,179. C). Secundaria. $5,143. D). Normal. $7,739.
III. Por solicitud, estudio, revisión y resolución del trámite de reconocimiento de validez oficial de estudios, por plan de estudios, a escuelas particulares de educación media superior.
$6,686.
IV. Por solicitud, estudio, revisión y resolución del trámite de reconocimiento de validez oficial de estudios por plan de estudios o carrera a escuelas particulares de educación superior.
$8,359.
V. Por solicitud, estudio, revisión y resolución del trámite de reconocimiento de validez ofici al de estudios por turno y por modalidad, a escuelas particulares.
A). Educación Media Superior. $6,686. B). Educación Superior. $8,359.
VI. Por vigencia anual de derechos, por reconocimiento a escuelas particulares de educación media superior:
A). Por plan de estudio o carrera $5,851. B). Por modalidad y turno $5,851.
VII. Por vigencia anual de derechos, por reconocimiento a escuelas particulares de educación superior: A). Por plan de estudio o carrera $7,315. B). Por modalidad y turno $7,315.
VIII. Por vigencia anual de derechos por turno, a escuelas particulares:
A). Autorización:
1. Preescolar. $4,183.
2. Primaria. $4,332.
3. Secundaria. $5,098.
4. Normal. $8,166.
5. Escuelas inscritas en el pr ograma de incorporación gradual a particulares que prestan servicio de educación preescolar al Sistema Educativo Estatal.
$4,324.
B). Derogado
C). Derogado
IX. Por servicios de evaluación, orientación o asesoría en materia administrativa o pedagógica, otorgados a instituciones educativas particulares de tipo básico, normal, medio superior y superior, por cada alumno de nuevo ingreso matriculado en el plantel educativo, por una sola vez, independientemente del grado o ciclo que curse.
$62.
X. Por cambios diversos:
A). Por cambio de plan de estudio:
1. Educación Media Superior para Profesional Medio. $2,896.
2. Educación Superior. $2,896. B). Por cambio de denominación de carrera de educación superior. $837. C). Por actualización de contenidos de programas de estudios:
1. Educación Media Superior para Profesional Medio. $837.
2. Educación Superior. $837. D). Por cambio de nombre del plantel, titular de incorporación, representante legal, apoderado legal, director escolar, docente de grupo, domicilio o turno:
1. Educación Básica. $837.
2. Educación Media Superior. $837.
3. Educación Superior. $837. E). Por cambio de plantilla de personal docente:
1. Educación Media Superior. $837.
2.. Educación Supe rior. $837.
No se causarán los derechos a que hace referencia el inciso D) de esta fracción, respecto del cambio de personal, cuando el particular acredite que el director o docente sustituido goza de incapacidad otorgada por la institución de seguridad social correspondiente.
XI. Por expedición de certificados o de duplicados de certificados de estudios realizados en escuelas estatales oficiales o particulares incorporadas: realizados en escuelas estatales oficiales o particulares incorporadas:
A). Por expedición de certificado:
1. Educación Media Superior. $132.
2. Educación Superior. $186. B). Por duplicado de certificado:
1. Educación Básica. $78.
2. Educación Media Superior. $132.
3. Educación Superior. $186.
XII. Por resolución de revalidación de estudios o expedición de duplicados:
A). Por resolución:
1. Educación Básica. $39.
2. Educación Media Superior. $234.
3. Educación Superior. $701. B). Por duplicado:
1. Educación Media Superior $83.
2. Educación Superior $194. C). Por modificación o enmienda
1. Educación Media Superior $61.
2. Educación Superior $194.
XIII. Por resolución de equivalencia de estudios o expedición de duplicado:
Por resolución:
1. Educación Medio Superior. $232. A).
2. Educación Superior. $694. B). Por duplicado:
1. Educación Media Superior. $79.
2. Educación Superior. $184.
XIV. Por expedición de cédula de pasante para el ejercicio profesional. $836.
XV. Por expedición de duplicado de cédula de pasante para el ejercicio profesional.
$418.
XVI. Por inscripción de:
A). Títulos profesionales con timbre holograma:
1. Licenciatura o grado académico. $515.
2. Profesional Técnico o Técnico Superior Universitario. $313. B). Certificado, constancia o diplomas de especialidad con timbre holograma.
$515.
XVII. Por registro de colegios de profesionistas. $5,931.
XVIII. Por enmienda al registro de los colegios de profesionistas. $837.
XIX. Refrendo de registro de colegios de profesionistas. $837.
XX. Autorización temporal para ejercer la actividad de perito. $837.
XXI. Refrendo y expedición de duplicado a la autorización para ejercer la actividad de perito.
$837.
XXII. Por la expedición de hojas de servicio, por cada hoja. $23.
XXIII. Por la expedición de constancia de antecedentes profesionales. $55.
XXIV. Por solicitud, estudio, revisión y resolución del trámite de aprobación del reglamento académico o de titulación, o de la actualización del mismo, a planteles particulares de tipo superior.
$829.