Artículo 93 Bis.- Por los servicios prestados por el Organismo Público Descentralizado denominado Servicios Educativos Integrados al Estado de México, se pagarán derechos conforme a la siguiente:
TARIFA
CONCEPTO
I. Por la autorización de instituciones particulares para impartir estudios, por plan de estudios, modalidad y turno de educación:
A). Preescolar. $4,179. B). Primaria. $4,179. C). Secundaria. $5,013. D). Normal. $7,739.
II. Derogada.
III. Por vigencia anual de derechos, por plan de estudios, modalidad, carrera y turno a escuelas particulares:
A). Autorización:
1. Preescolar. $3,869.
2. Primaria. $3,869.
3. Secundaria. $4,644.
4. Normal. $7,739. B). A escuelas inscritas en el programa para la incorporación gradual de los particulares que imparten educación preescolar al Sistema Educativo Estatal.
$4,016.
IV. Por expedición de certificados o duplicado de certificados de estudios realizados en escuelas oficiales o particulares incorporadas, de tipo
A). Certificados:
1. Educación Normal. $186.
2. Derogado.
B). Duplicados:
1. Educación Básica. $78.
2. Educación Normal. $185. V. Por dictamen de revalidación de estudios tipo Básico. $39.
VI. Por servicios de evaluación, orientación o asesoría en materia administrativa o pedagógica, otorgados a instituciones educativas particulares de tipo básico, normal, medio superior y superior por cada alumno de nuevo ingreso matriculado en el plantel educativo, por una sola vez independientemente del grado o ciclo que curse.
$62.
VII. Por cambio del nombre del plantel, titular de incorporación, representante legal, apoderado legal, director escolar, domicilio o turno:
1. Educación Básica. $837.
2. Educación Media Superior. $837.
3. Educación Superior. $837.
VIII. Por la inscripción al programa para la incorporación gradual de los particulares que imparten educación preescolar al Sistema Educativo Estatal.
$4,016. SECCIÓN CUARTA DE LOS DERECHOS POR SERVICIOS PRESTADOS POR LA SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO