Artículo 98.- Por los servicios prestados por la Secretaría del Medio Ambiente que a continuación se mencionan, se pagarán los siguientes derechos:
TARIFA
CONCEPTO
I. Por la búsqueda y reposición de la constancia sobre los resultados de la verificación del vehículo automotor.
$122.
II. Por la expedición de la constancia que ampara a los vehículos que no quedan sujetos al programa “Hoy No Circula”, conforme a las normas técnicas emitidas al efecto.
$547.
III. Derogada.
IV. Derogada.
V. Por la inscripción y expedición de constancia del padrón de vehículos mercantiles a domicilio que operan con combustibles alternos de gas licuado de petróleo, natural o diesel, por cada uno.
$596.
VI. Por la certificación para la comercialización y/o instalación de sistemas, e quipos y dispositivos de control de emisiones.
$4,286.
VII. Por la renovación anual de la certificación para la comercialización y/o instalación de sistemas, equipos y dispositivos de control de emisiones.
$1,071.
El Gobernador emitirá semestralmente, por los servicios de verificación vehicular que presten los centros especializados autorizados Verificentros relacionados con el Programa de Verificación Vehicular Obligatoria sobre Emisiones de Contaminantes de Vehículos Automotores, las tarifas aplicables a estos servicios, que deberán pagarse dependiendo del tipo de constancia que se trate, considerando el uso intensivo o particular del vehículo, dentro de los términos y plazos que se señalen al respecto, en el marco de dicho programa para la entidad, y que se publicarán en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.