Ley de Hacienda del Estado de Guerrero (Núm. 419) · Guerrero

Artículo 13

TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Y · CAPÍTULO III IMPUESTOS SOBRE INSTRUMENTOS PÚBLICOS

ARTÍCULO 13.- Son sujetos del impuesto:

I.- El propietario del inmueble, en los actos o contratos de obra;

II. Quien obtenga el beneficio, en el caso de los actos unilaterales;

III.- El solicitante, en los casos de instrumentos notariales de índole no contractual y en las protestas;

IV.- Las partes en los actos o contratos e instrumentos públicos no comprendidos en las fracciones anteriores.

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresogro.gob.mx.

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