Ley de Hacienda del Estado de Hidalgo · Hidalgo

Artículo 111

TÍTULO CUARTO DE LOS PRODUCTOS 25 · CAPÍTULO ÚNICO

ARTÍCULO 111.- Quedan comprendidos dentro de este capítulo, los Ingresos que obtengan el Estado por los siguientes conceptos:

I.- Por la venta de bienes muebles e inmuebles propiedad del Estado;

II.- Por el importe de los arrendamientos de bienes muebles e inmuebles propiedad del Estado;

III.- Por los rendimientos de capitales y valores del Estado;

IV.- Conceptos, montos y partidas relativas a ingresos derivadas de montos de endeudamiento correspondientes a emisiones de valores;

V.- Por las operaciones realizadas por establecimientos y empresas del Estado;

VI.- Por la venta de impresiones;

VII.- Los productos por conceptos diversos de los señalados en este Artículo, se pagarán conforme a las estipulaciones que se acuerden en los contratos celebrados al respecto o en los términos de las concesiones respectivas y de conformidad con las Leyes o disposiciones aplicables; y

VIII.- Por la venta de artesanías.

Última reforma de esta ley incorporada: 31 de diciembre de 2025. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.

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