ARTÍCULO 23. Es base gravable de este impuesto, el monto total de los pagos realizados, en el mes de que se trate, por concepto de remuneraciones al trabajo personal subordinado a que se refiere el artículo 21 de esta Ley.
DE LA TASA
TÍTULO SEGUNDO DE LOS IMPUESTOS · CAPÍTULO TERCERO DEL IMPUESTO SOBRE NÓMINAS
ARTÍCULO 23. Es base gravable de este impuesto, el monto total de los pagos realizados, en el mes de que se trate, por concepto de remuneraciones al trabajo personal subordinado a que se refiere el artículo 21 de esta Ley.
DE LA TASA
Última reforma de esta ley incorporada: 31 de diciembre de 2025. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.
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