ARTÍCULO 3.- La Hacienda Pública del Estado, para el cumplimiento de las funciones que le atribuye el orden jurídico, percibirá las contribuciones federales y estatales a que se refiere el Artículo anterior y los que se encuentren pactados en los Convenios que se hayan suscrito o que se suscriban para tales efectos.
Artículo 3
TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES · CAPÍTULO ÚNICO
Última reforma de esta ley incorporada: 31 de diciembre de 2025. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.
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