ARTÍCULO 103 . Los derechos que se causen por Servicios de Transporte Público, en relación con el Registro de Vehículos de Servicio Público Estatal, otorgamiento de concesiones, placas y otros, se pagarán como se señala a continuación:
I. Por la expedición de concesiones de servicio público de autotransporte urbano y foráneo, incluyendo el título correspondiente y la tarjeta de control de autotransporte para:
CONCEPTO CUOTA
A) Auto de alquiler; camión urbano y camión suburbano; escolar; transporte de materiales para construcción; transporte de carga en general; servicio de grúa; pipa; carga ligera y otros servicios; foráneo de primera y segunda clase; autotransporte mixto (pasaje y carga); colectivo foráneo; y colectivo suburbano.
$ 19,306.00
B) Colectivo urbano y turismo. $ 19,306.00
En ningún caso se autorizará el cambio de vehículo, por concesión, en un término menor a seis meses, a menos que se de algún caso fortuito.
II. Por la renovación o refrendo anual de concesiones de servicio público de autotransporte urbano y foráneo, para las diferentes modalidades a que se refiere la fracción I anterior, incluyendo la reexpedición del título correspondiente y tarjeta de control, se pagará conforme a lo siguiente:
A) De autotransporte foráneo, colectivo foráneo y suburbano, como sigue:
CONCEPTO CUOTA
1. Autotransporte de pasajeros foráneo de primera clase. $ 1,241.00
2. Autotransporte de pasajeros foráneo de segunda clase, suburbano y mixto.
$ 1,241.00
3. Autotransporte colectivo foráneo y colectivo suburbano. $ 622.00
B) De autotransporte urbano, atendiendo a la clasificación de poblaciones o localidades, como sigue:
TIPO DE CONCESIONES GRUPO
UNO
GRUPO
DOS
GRUPO
TRES 1. Auto de alquiler. $ 2,551.00 $ 1,286.00 $ 745.00
2. Camión urbano y suburbano. $ 1,286.00 $ 707.00 $ 383.00
3. Colectivo urbano, escolar y turismo. $ 3,406.00 $ 1,718.00 $ 869.00
4. Materiales para construcción, carga en general, servicio de grúa y pipa.
$ 1,718.00 $ 869.00 $ 447.00
5. Carga ligera y otros servicios. $ 1,504.00 $ 791.00 $ 447.00
Para efectos de aplicación de la cuota a que se refiere el inciso B) de esta fracción, se atenderá a la clasificación de localidades del Estado, en los siguientes grupos:
Grupo uno. Se integra con los municipios siguientes: Apatzingán, Hidalgo, Lázaro Cárdenas, Jacona, Jiquilpan, La Piedad, Morelia, Pátzcuaro, Puruándiro, Sahuayo, Uruapan, Zacapu, Zamora y Zitácuaro.
Grupo dos. Se integra con los municipios siguientes: Aquila, Ario, Buenavista, Cherán, Coahuayana, Coalcomán de Vázquez Pallares, Cotija, Huetamo, Jungapeo, La Huacana, Los Reyes, Maravatío, Múgica, Paracho, Parácuaro, Quiroga, San Lucas, Tacámbaro, Tangancícuaro, Tepalcatepec, Tiquicheo de Nicolás Romero, Tlalpujahua, Tuxpan, Yurécuaro y Zinapécuaro.
Grupo tres. Se integra con los municipios no clasificados en los grupos uno y dos anteriores: Acuitzio, Aguililla, Arteaga, Álvaro Obregón, Angamacutiro, Angangueo, Áporo, Briseñas, Carácuaro, Charapan, Charo, Chavinda, Chilchota, Chinicuila, Chucándiro, Churintzio, Churumuco, Coeneo, Cojumatlán de Régules, Contepec, Copándaro, Cuitzeo, Ecuandureo, Epitacio Huerta, Erongarícuaro, Gabriel Zamora, Huandacareo, Huaniqueo, Huiramba, Indaparapeo, Irimbo, Ixtlán, Jiménez, José Sixto Verduzco, Juárez, Lagunillas, Madero, Marcos Castellanos, Morelos, Nahuatzen, Nocupétaro, Nuevo Parangaricutiro, Nuevo Urecho, Numarán, Ocampo, Pajacuarán, Panindícuaro, Penjamillo, Peribán, Purépero, Queréndaro, Salvador Escalante, Santa Ana Maya, Senguio, Susupuato, Tancítaro, Tarímbaro, Tangamandapio, Tanhuato, Taretan, Tingambato, Tingüindín, Tlazazalca, Tocumbo, Tumbiscatío, Turicato, Tuzantla, Tzintzuntzan, Tzitzio, Venustiano Carranza, Villamar, Vista Hermosa, Zináparo y Ziracuaretiro.
III. La prestación de servicios diversos a concesionarios de servicio público, causarán derechos que se pagarán conforme a las siguientes:
CONCEPTOS CUOTA
A) Por la expedición de constancias de prestación de servicio público estatal.
$ 447.00 B) Por la expedición de copias certificadas de expedientes de concesión, por página.
$ 312.00
C) Por la expedición de permisos emergentes de servicio público, por cada mes de vigencia.
$ 849.00
D) Por reexpedición o reposición de título de concesión, previos requisitos que deberá cumplir el concesionario.
$ 3,096.00
E)
Por la transferencia del título de concesión de servicio público de autotransporte urbano y foráneo, entre personas físicas, incluyendo título de concesión y previo cumplimiento de lo dispuesto por la normatividad correspondiente, exceptuándose el transporte escolar.
$ 19,306.00
F)
Transferencia de Concesión de transporte público por Sucesión, incluyendo título de concesión, conforme a la normatividad correspondiente.
$ 6,132.00
G) Cambio de modalidad de Concesión de trasporte público, incluyendo título de concesión conforme a la normatividad correspondiente,
$ 10,148.00
H)
Cambio de adscripción conforme a la clasificación de localidades referida en este artículo, y a la normatividad correspondiente, incluyendo título de concesión.
$ 10,148.00
IV. Los servicios de registro y control vehicular, tratándose de vehículos destinados al servicio de transporte público en el Estado, causarán derechos que se pagarán conforme a las siguientes:
CONCEPTOS CUOTA
A) Por cada juego de placas, incluyendo tarjeta de circulación.
Por la reposición de placas, en caso de extravío, robo o deterioro, se pagarán las mismas cuotas aplicables por la dotación original, previos requisitos que deberá cumplir el concesionario.
En el caso de extravío o robo, deberá presentarse copia de la denuncia interpuesta ante el Ministerio Público y el certificado de no infracción correspondiente.
$ 1,670.00
B) Por holograma de circulación, o refrendo anual de calcomanía de circulación, previo cumplimiento de los requisitos que se establezcan.
$ 926.00 C) Por la emisión anual o reposición de tarjeta de circulación o de tarjeta de control de autotransporte en caso de extravío, rob0o o deterioro así como por cambio de vehículo.
En el caso de extravío o robo, deberá presentarse copia de la denuncia interpuesta ante el Ministerio Público y el certificado de no infracción correspondiente.
$ 335.00
D) Por la expedición de constancias de baja de vehículos del Registro Estatal Vehicular de Servicio Público.
$ 530.00
E) Por la expedición de constancias que acrediten el uso de vehículos en el servicio público estatal.
$ 693.00
F) Por baja de vehículo del servicio público, por cambio de unidad, por robo o destrucción, previos requisitos que deberá cumplir el concesionario.
$ 693.00
V. Por la expedición de permisos para servicios de transporte escolar y para empresas que prestan el servicio de transporte a su personal.
Tipo Servicio: CUOTA
A) Por expedición de permiso de Servicio de Transporte Escolar. $ 5,150.00
B) Por renovación mensual de permiso de servicio de Transporte Escolar. $ 103.00
C) Por expedición de permiso de Servicios de Transporte de Personal, (de empresas que cuenten con dicho servicio, mismas que no son de servicio público).
$ 5,150.00
D) Renovación mensual de permiso de Servicios de Transporte de Personal.
$ 103.00
VI. Por registro del ingreso a la plataforma informática, para concesionarios de autos de alquiler :
Tipo Servicio: CUOTA
A) Por ingreso a la Plataforma informática, se realizará un pago único de: $ 1,030.00
B) Por mantenimiento anual de Plataforma $ 412.00 Sólo serán materia en el registro en las plataformas, las personas que cuenten con la concesión correspondiente para prestar el servicio de transporte público y se encuentren regularizados en sus pagos.
VII. Expedición de certificado de interés particular, mediante el cual se hace constar que el solicitante, cubrió los pagos correspondientes de los derechos referidos en este Capítulo, de uno hasta cinco años anteriores a la fecha de la solicitud:
CONCEPTOS CUOTA
A) Por servicio ordinario. $ 193.00
B) Derogado:
VIII. Por la validación de documentos para regularizar vehículos automotores:
CONCEPTOS CUOTA 2021
A) Por validación de pagos relacionados con la posesión del vehículo, cuando éste provenga de otra entidad federativa. $ 219.00
B) Por validación de Pedimentos de Importación de vehículos de procedencia extranjera. $ 219.00