Artículo 96. Los derechos por registro de control y vigilancia de las personas físicas o personas morales que se dediquen a la prestación de los servicios de seguridad privada, se causarán y pagarán con base en los términos siguientes:
…Tarifa en UMA
I. Por la autorización para su funcionamiento y registro: 212.25
II. Por la revalidación anual de la autorización registro: 106.5
III. Por el registro y expedición de la cédula de registro de cada elemento de seguridad: 2.50
IV. Por la revalidación anual y reposición de la cédula a que se refiere la fracción anterior: 3.75
V. Por la autorización de traslado y custodia de fondos, valores o bienes vinculados con el servicio de seguridad: 295.50
VI. Por la revalidación anual de la autorización de traslado y custodia de fondos, valores o bienes: vinculados con el servicio de seguridad: 212.25
VII. Emisión de credencial individual que acredita el registro del elemento ante la dirección: 1.50
VIII. Por el estudio de procedencia de la autorización: 8.25
IX. Otros servicios: 53.25