Ley de Hacienda del Estado de Nayarit · Nayarit

Artículo 30

TÍTULO SEGUNDO SOBRE EL PATRIMONIO · CAPÍTULO I DEL IMPUESTO SOBRE LA ADQUISICION DE VEHICULOS USADOS

Artículo 30.- Están exentas del pago de este impuesto, las operaciones de adquisición de vehículos usados por cuya enajenación deba pagarse el Impuesto al Valor Agregado.

(ADICIONADO, P.O.6 DE DICIEMBRE DE 2023)

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: contraloria.nayarit.gob.mx.

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